Artículo 286 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El gasto público municipal comprende las erogaciones por concepto de gasto corriente, inversión física, inversión financiera, así como pagos de pasivo de deuda pública, y por concepto de responsabilidad patrimonial, que se realicen con recursos del Presupuesto de Ingresos del Municipio, para la ejecución de los programas a cargo de:
I. Las dependencias;
II. Los organismos;
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III. Las empresas de participación municipal mayoritaria; y IV. Los fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Municipal, o alguna de las entidades, mencionadas en las fracciones II y III.
Tanto las dependencias como las entidades que ejerzan recursos municipales, estarán obligadas a la observancia de este Capítulo y sus disposiciones reglamentarias.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.