Artículo 302 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Una vez aprobado el presupuesto de egresos y por causas supervinientes, podrá ser objeto de ampliación presupuestal o de creación de partidas, en cuyo caso, la Tesorería proveerá lo conducente para que sea agregada la correspondiente justificación del ingreso, si con tal proposición se altera el equilibrio presupuestal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.