Código Fiscal estatal

Artículo 303 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las entidades a que se refieren las fracciones II a IV del artículo 286 de este Código, presentaran sus proyectos de presupuestos anuales y sus modificaciones en su caso, a la Tesorería para su aprobación a más tardar el 31 de julio del año anterior al de su vigencia. Los proyectos se presentarán de acuerdo con las normas que el Presidente establezca a través de la Tesorería.

Los sujetos a que se refiere el artículo 286 de éste Código, deberán incluir en los anteproyectos a que se refiere el párrafo anterior, las obligaciones de pago que se deriven de los contratos para prestación de servicios a largo plazo que hubieren formalizado, así como de cualquier erogación contingente que pudiere generarse en términos de dichos contratos, a fin de que la Tesorería los incluya en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Municipio, de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia. Las obligaciones de pago que deriven de los contratos a que se refiere al párrafo anterior, se considerarán preferentes.

 Se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo 303 por Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 10 de diciembre de 2010.

161 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.

CAPÍTULO III DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO MUNICIPAL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 303 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

Las entidades a que se refieren las fracciones II a IV del artículo 286 de este Código, presentaran sus proyectos de presupuestos anuales y sus modificaciones en su caso, a la Tesorería para su aprobación a más tardar…

¿Está vigente el artículo 303?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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