Artículo 308 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En casos excepcionales y debidamente justificados, conforme a la legislación correspondiente, el Presidente a propuesta de la Tesorería, podrá autorizar que se celebren contratos de obras públicas, de adquisiciones o de otra índole que rebasen las asignaciones presupuestales aprobadas para el año, pero en estos casos los compromisos excedentes no cubiertos quedarán sujetos, para los fines de su ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestal de los años subsecuentes.
163 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.
Cuando se trate de programas o proyectos especiales, cuyos presupuestos se incluyen en el Presupuesto de Egresos, se hará mención especial en estos casos al presentar el Proyecto de Presupuesto al Cabildo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.