Artículo 319 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La Contraloría, podrá dispensar las responsabilidades en que se incurra, siempre que los hechos que las constituyan no revistan un carácter delictuoso, ni se deban a culpa grave o descuido notorio del responsable, y que los daños causados no excedan de cien veces el salario mínimo diario vigente en el Estado, calculados al momento de la determinación de los daños causados, rindiendo informe al Ayuntamiento sobre dicha situación.
La Contraloría podrá cancelar los créditos derivados del fincamiento de responsabilidades que no excedan de cien veces el salario mínimo diario vigente en el Estado, por incosteabilidad práctica de cobro. En los demás casos propondrá su cancelación al Presidente, previa fundamentación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.