Artículo 335 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se podrá otorgar en garantía cualquier bien, derecho o ingreso que se encuentre dentro del patrimonio de quien contrate operaciones de financiamiento directas o contingentes, siempre y cuando conforme a la ley no exista impedimento para que los mismos no sean gravados.
Las entidades públicas previstas en el artículo 323 de este Capítulo, podrán otorgar en garantía ingresos hacendarios presentes y futuros.
CAPÍTULO V DE LA VIGILANCIA Y REGISTRO DE LAS OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.