Artículo 368 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las resoluciones a que se refieren los artículos 365 y 366, podrán ser * El artículo 365 fue reformado por Decreto de fecha 30 de Diciembre de 2005.
Se reforma el artículo 367 por Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 10 de diciembre de 2010.
182 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.
reclamadas ante la autoridad administrativa o judicial competente, de acuerdo con lo que establezcan las leyes aplicables. A falta de disposición en dichas leyes, o cuando las mismas sean insuficientes, quien sufra un perjuicio individual, directo y actual, interpondrá el recurso de revisión previsto en el artículo 2 de este ordenamiento.
A juicio de la autoridad responsable y siempre que no se afecte el interés público, interpuesto el recurso, dicha autoridad deberá suspender la ejecución de la resolución impugnada previo al otorgamiento de garantía bastante, a juicio de la SAU, que deberá otorgar el recurrente. En este evento la autoridad tomará las medidas que fueren necesarias para salvaguardar los intereses del Municipio.* SECCIÓN II DE LAS CONCESIONES, PERMISOS O AUTORIZACIONES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.