Código Fiscal estatal

Artículo 41 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Pago es el medio de extinción de los créditos fiscales determinados en cantidad líquida, que podrá hacerse en efectivo o en especie, en las formas que así lo determinen las leyes fiscales municipales.

El pago de un crédito fiscal, deberá hacerse en la Tesorería o en sus oficinas autorizadas, mediante las formas oficiales que emita dicha dependencia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 41 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

Pago es el medio de extinción de los créditos fiscales determinados en cantidad líquida, que podrá hacerse en efectivo o en especie, en las formas que así lo determinen las leyes fiscales municipales. El pago de un…

¿Está vigente el artículo 41?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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