Artículo 41 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Pago es el medio de extinción de los créditos fiscales determinados en cantidad líquida, que podrá hacerse en efectivo o en especie, en las formas que así lo determinen las leyes fiscales municipales.
El pago de un crédito fiscal, deberá hacerse en la Tesorería o en sus oficinas autorizadas, mediante las formas oficiales que emita dicha dependencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.