Artículo 436 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El plazo de la concesión podrá ser prorrogado por el Ayuntamiento, cuando el concesionario hubiere cumplido cabalmente con las obligaciones derivadas de la concesión y el Municipio no se resuelva a prestar o explotar directamente el servicio público de que se trate.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.