Artículo 437 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los servicios públicos podrán ser otorgados en concesión por el Ayuntamiento cuando cumplan con los siguientes requisitos:
I.- Exista justificación técnica, jurídica y financiera para la conveniencia y posibilidad de otorgar la concesión;
II.- Exista justificación de la obtención para una mejor prestación en el servicio y beneficios directos en el patrimonio municipal; y III.- Los demás que determine el Ayuntamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.