Artículo 75 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los servidores públicos que intervengan en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias, estarán obligados a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa los datos personales de los contribuyentes, así como todos aquellos relativos a su actividad económica.
Dicha Reserva no comprenderá los casos que señalen las disposiciones fiscales y aquéllos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales o municipales, a las * Los artículos 74 y 75 se reformaron por Decreto publicado en el P.O.E el 31 de diciembre de 2007.
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autoridades investigadoras y a las autoridades judiciales cuando la ley impone tal obligación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.