Artículo 15 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son vecinos del Municipio, las personas que:
I.- Residan habitualmente en su territorio durante dos años o más; y II.- Residan habitualmente en su territorio un año, si en el transcurso del mismo, contraen matrimonio con persona chihuahuense, adquieren bienes raíces o ejercen alguna profesión, arte, oficio o industria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.