Código Municipal estatal

Artículo 159 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila

Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La tasa del impuesto es del dos por ciento sobre la base gravable. Tratándose de acciones de vivienda nueva de interés social o popular, la tasa será la que se determine en las leyes de ingresos.

(REFORMADO, P.O. 12 DE MAYO DE 2001)

En aquellos Municipios en que así lo determinen sus leyes de ingresos, cuando la base gravable no exceda de 365 veces el salario mínimo general diario, vigente en la Capital del Estado, la tasa del impuesto podrá ser del 0%.

SECCION II DECLARACIONES Y PAGO DEL IMPUESTO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 159 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila?

La tasa del impuesto es del dos por ciento sobre la base gravable. Tratándose de acciones de vivienda nueva de interés social o popular, la tasa será la que se determine en las leyes de ingresos. (REFORMADO, P.O. 12 DE…

¿Está vigente el artículo 159?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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