Código Municipal estatal

Artículo 197 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila

Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La administración municipal deberá sujetar su actuación a las facultades que le estén conferidas por la Ley, los reglamentos, los acuerdos dictados por el Ayuntamiento o por el Presidente Municipal. En consecuencia, por escrito, deberá expresar en sus determinaciones las razones o motivos que hubiere tenido para dictarlos, citando el o los preceptos legales en que se apoya.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 197 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila?

La administración municipal deberá sujetar su actuación a las facultades que le estén conferidas por la Ley, los reglamentos, los acuerdos dictados por el Ayuntamiento o por el Presidente Municipal. En consecuencia, por…

¿Está vigente el artículo 197?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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