Artículo 199 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El recurso será de reconsideración, cuando el propio Ayuntamiento resuelva inconformidades de particulares respecto de actos dictados por el mismo; será de revisión cuando resuelva inconformidades de los particulares por actos dictados por cualquiera otra de las autoridades municipales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.