Artículo 42 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los Regidores Seccionales, se dividirán con el Presidente Seccional, las funciones que correspondan a los del Ayuntamiento, para ejercitarlas dentro de su jurisdicción, quedando sujetos jerárquicamente al Ayuntamiento y al Presidente Municipal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.