Artículo 52 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Sólo se podrá declarar que un Ayuntamiento ha desaparecido, cuando éste se haya desintegrado o cuando no sea posible la concurrencia de sus miembros propietarios o suplentes, para el ejercicio de sus funciones conforme al orden constitucional federal o estatal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.