Artículo 74 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son atribuciones, del Director de Fomento Económico Municipal, las siguientes:
I.- Fomentar e impulsar las actividades industriales, comerciales, turísticas o mineras, en el Municipio;
II.- Promover ante los inversionistas la creación de empresas en el Municipio;
III.- Establecer acciones y programas encaminados hacia la modernización de los sectores productivos;
IV.- Coordinarse, en su caso, con las dependencias federales, estatales y los sectores social y privado en la consecución de sus fines;
V.- Dirigir y vigilar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales en relación con la materia; y VI.- Las demás, que le señalen expresamente otras leyes o reglamentos.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 14 DE AGOSTO DE 2010)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.