Artículo 87 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Presidente Municipal convocará a los grupos organizados de la comunidad para que integren el Consejo de Planeación Urbana Municipal, pudiendo estar integrado, si los hubiere en el Municipio, por:
a).- Un representante del Gobierno del Estado;
b).- Un representante del Gobierno Federal;
c).- Dos representantes de la Administración Municipal;
d).- Dos Regidores;
e).- Un representante de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación;
f).- Un representante del Centro Empresarial de Chihuahua;
g).- Un representante de la Cámara Nacional de Comercio;
h).- Un representante de la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción;
i).- Un representante de la Cámara de Propietarios de Bienes Raíces; y j).- Los demás que el propio Consejo determine.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.