Código Municipal estatal

Artículo 90 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila

Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Consejo funcionará en Pleno y con la asistencia de más de la mitad de sus miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los presentes y tendrán carácter meramente consultivo no vinculante para el Municipio, pero la autoridad municipal de que se trate deberá razonar la negativa a las proposiciones que el Consejo formule.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 90 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila?

El Consejo funcionará en Pleno y con la asistencia de más de la mitad de sus miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los presentes y tendrán carácter meramente consultivo no vinculante para el…

¿Está vigente el artículo 90?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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