Artículo 201 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los municipios, de acuerdo con sus presupuestos, podrán llevar a cabo de manera directa las obras públicas que sean de su competencia. Así mismo, podrán mediante contrato encomendar su realización a particulares o empresas de participación municipal, de acuerdo con la legislación estatal vigente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.