Artículo 278 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, cuando menos, con goce íntegro de su sueldo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.