Artículo 282 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los trabajadores tendrán derecho a una prima vacacional no menor del 25% sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.
CAPÍTULO V DE LOS SUELDOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.