Código Municipal estatal

Artículo 354 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los riesgos profesionales que sufran los trabajadores se regirán por las disposiciones de los convenios que suscriban las Entidades Públicas Municipales con instituciones Federales o del Estado, de Seguridad Social o en su caso por lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 354 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

Los riesgos profesionales que sufran los trabajadores se regirán por las disposiciones de los convenios que suscriban las Entidades Públicas Municipales con instituciones Federales o del Estado, de Seguridad Social o en…

¿Está vigente el artículo 354?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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