Artículo 365 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para ser miembro del Tribunal de Conciliación y Arbitraje se requiere:
I. Ser mexicano, y estar en pleno ejercicio de sus derechos. II. Ser mayor de 25 años de edad.
III. Haber terminado la educación obligatoria.
IV. No pertenecer al estado eclesiástico.
V. No haber sido condenados por delito intencional que se encuentre sancionado con pena corporal.
CAPÍTULO XIX DE LOS PROCEDIMIENTOS PARAPROCESALES O VOLUNTARIOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.