Código Municipal estatal

Artículo 365 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para ser miembro del Tribunal de Conciliación y Arbitraje se requiere:

I. Ser mexicano, y estar en pleno ejercicio de sus derechos. II. Ser mayor de 25 años de edad.

III. Haber terminado la educación obligatoria.

IV. No pertenecer al estado eclesiástico.

V. No haber sido condenados por delito intencional que se encuentre sancionado con pena corporal.

CAPÍTULO XIX DE LOS PROCEDIMIENTOS PARAPROCESALES O VOLUNTARIOS

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 365 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

Para ser miembro del Tribunal de Conciliación y Arbitraje se requiere: I. Ser mexicano, y estar en pleno ejercicio de sus derechos. II. Ser mayor de 25 años de edad. III. Haber terminado la educación obligatoria. IV. No…

¿Está vigente el artículo 365?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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