Artículo 37 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los miembros del Ayuntamiento deberán cumplir con las funciones que les señala la Constitución Política del Estado, el presente Código y los demás ordenamientos jurídicos aplicables.
(REFORMADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2008)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.