Código Municipal estatal

Artículo 38 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El cargo de munícipe, es obligatorio pero no gratuito. El Ayuntamiento, al elaborar su presupuesto de egresos, deberá señalar las partidas que correspondan a las dietas que deben los munícipes percibir por el desempeño de sus funciones, observando en todo caso lo dispuesto por el artículo 103 fracción IV de este ordenamiento.

(REFORMADO, P.O. 20 DE MARZO DE 2001)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 38 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

El cargo de munícipe, es obligatorio pero no gratuito. El Ayuntamiento, al elaborar su presupuesto de egresos, deberá señalar las partidas que correspondan a las dietas que deben los munícipes percibir por el desempeño…

¿Está vigente el artículo 38?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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