Artículo 380 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En las cabeceras de los municipios urbanos y metropolitanos del Estado de Coahuila, deberán constituirse juzgados municipales, los cuales se organizarán y funcionarán de conformidad con lo que dispone este título.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.