Artículo 401 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el infractor es jornalero, obrero o trabajador, la multa no podrá exceder al importe de su jornal o salario de un día.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.