Artículo 63 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al término de la sesión de instalación, el Ayuntamiento entrante procederá en sesión ordinaria a: I. Nombrar al secretario, tesorero y contralor. II. Aprobar las comisiones a que se refiere este código.
III. Realizar la entrega-recepción de la situación que guarda la administración pública municipal.
(REFORMADO, P.O. 1 DE JULIO DE 2005)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.