Artículo 72 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En caso de suspensión, revocación o desaparición, los procedimientos invariablemente deberán dar lugar a la presentación de las pruebas idóneas y los implicados tendrán que ser oídos y presentar su defensa en la forma que establezcan los ordenamientos legales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.