Código procesal federal

Artículo 142 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 142. Solicitud de las órdenes de comparecencia o de aprehensión En la solicitud de orden de comparecencia o de aprehensión se hará una relación de los hechos atribuidos al imputado, sustentada en forma precisa en los registros correspondientes y se expondrán las razones por las que considera que se actualizaron las exigencias señaladas en el artículo anterior.

Las solicitudes se formularán por cualquier medio que garantice su autenticidad, o en audiencia privada con el Juez de control.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 142 del Código Nacional de Procedimientos Penales se refiere a cómo se debe solicitar una orden de comparecencia o de aprehensión. Para realizar esta solicitud, es necesario presentar una relación clara de los hechos que se le atribuyen al imputado. Esta relación debe basarse en registros específicos y debe incluir las razones que justifican la solicitud, de acuerdo con lo que se establece en el artículo anterior.

Además, las solicitudes pueden hacerse a través de cualquier medio que asegure su autenticidad. También es posible realizar la solicitud en una audiencia privada ante el Juez de control.

  • Se requiere una relación precisa de los hechos.
  • Las razones para la solicitud deben estar fundamentadas.
  • Se puede usar cualquier medio que garantice autenticidad.
  • Es posible solicitar en audiencia privada con el Juez de control.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 142 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

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¿Está vigente el artículo 142?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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