Código procesal federal

Artículo 163 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 163. Medios de prueba para la imposición y revisión de la medida Las partes pueden invocar datos u ofrecer medios de prueba para que se imponga, confirme, modifique o revoque, según el caso, la medida cautelar.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 163 del Código Nacional de Procedimientos Penales se refiere a los medios de prueba que pueden presentar las partes en un proceso judicial. Este artículo permite que tanto la parte acusadora como la defensa tengan la oportunidad de invocar datos o presentar pruebas. Estas pruebas son relevantes para decidir sobre la imposición, confirmación, modificación o revocación de una medida cautelar.

  • Las partes pueden ofrecer pruebas en cualquier etapa del proceso.
  • Las pruebas pueden influir en decisiones sobre medidas cautelares.
  • Se busca garantizar un proceso justo al permitir la presentación de datos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Tesis del SJF que mencionan esta ley

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 163 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Medios de prueba para la imposición y revisión de la medida Las partes pueden invocar datos u ofrecer medios de prueba para que se imponga, confirme, modifique o revoque, según el caso, la medida cautelar.

¿Está vigente el artículo 163?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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