Código procesal federal

Artículo 19 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 19. Derecho al respeto a la libertad personal Toda persona tiene derecho a que se respete su libertad personal, por lo que nadie podrá ser privado de la misma, sino en virtud de mandamiento dictado por la autoridad judicial o de conformidad con las demás causas y condiciones que autorizan la Constitución y este Código.

La autoridad judicial sólo podrá autorizar como medidas cautelares, o providencias precautorias restrictivas de la libertad, las que estén establecidas en este Código y en las leyes especiales. La prisión preventiva será de carácter excepcional y su aplicación se regirá en los términos previstos en este Código.

GENERALIDADES

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 19 del Código Nacional de Procedimientos Penales garantiza el derecho de toda persona a que se respete su libertad personal. Esto significa que nadie puede ser privado de su libertad a menos que exista un mandato de una autoridad judicial o se cumplan las condiciones establecidas por la Constitución y el propio Código.

Además, la autoridad judicial solo puede imponer medidas que restrinjan la libertad en los casos que este Código y otras leyes específicas permiten. La prisión preventiva, que es una medida que puede aplicarse antes de un juicio, se considera excepcional y su uso debe ajustarse a lo que se establece en este Código.

  • Derecho al respeto de la libertad personal.
  • Privación de libertad solo con mandato judicial.
  • Medidas cautelares deben estar autorizadas por la ley.
  • La prisión preventiva es excepcional.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 19 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Derecho al respeto a la libertad personal Toda persona tiene derecho a que se respete su libertad personal, por lo que nadie podrá ser privado de la misma, sino en virtud de mandamiento dictado por la autoridad judicial…

¿Está vigente el artículo 19?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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