Código procesal federal

Artículo 297 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 297. Registro de las intervenciones Las intervenciones de comunicación deberán ser registradas por cualquier medio que no altere la fidelidad, autenticidad y contenido de las mismas, por la Policía o por el perito que intervenga, a efecto de que aquélla pueda ser ofrecida como medio de prueba en los términos que señala este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 297 del Código Nacional de Procedimientos Penales se refiere al registro de las intervenciones de comunicación, que son aquellas acciones donde se escucha o se graba una conversación. Este registro debe hacerse de manera que no se altere la fidelidad, autenticidad y contenido de la comunicación. Esto significa que la grabación o el registro debe ser fiel a lo que realmente se dijo.

El registro puede ser realizado por la Policía o por un perito, que es un experto en la materia. La finalidad de este registro es que pueda ser utilizado como medio de prueba en un proceso legal, siguiendo lo que establece el mismo Código.

  • Las intervenciones deben ser registradas sin alterar su contenido.
  • Puede realizarse por la Policía o un perito.
  • El registro es necesario para que se pueda usar como prueba.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 297 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Registro de las intervenciones Las intervenciones de comunicación deberán ser registradas por cualquier medio que no altere la fidelidad, autenticidad y contenido de las mismas, por la Policía o por el perito que…

¿Está vigente el artículo 297?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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