Código procesal federal

Artículo 322 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 322. Prórroga del plazo de la investigación complementaria De manera excepcional, el Ministerio Público podrá solicitar una prórroga del plazo de investigación complementaria para formular acusación, con la finalidad de lograr una mejor preparación del caso, fundando y motivando su petición. El Juez podrá otorgar la prórroga siempre y cuando el plazo solicitado, sumado al otorgado originalmente, no exceda los plazos señalados en el artículo anterior.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 322 del Código Nacional de Procedimientos Penales se refiere a la posibilidad de extender el plazo de la investigación complementaria. Esta extensión puede ser solicitada por el Ministerio Público de manera excepcional, con el objetivo de preparar mejor el caso antes de presentar una acusación.

Para que el Juez acepte esta solicitud, el Ministerio Público debe justificar y explicar las razones de su petición. Además, la prórroga que se pida no debe hacer que el tiempo total de investigación exceda los límites establecidos en el artículo anterior.

  • El Ministerio Público puede solicitar una prórroga de la investigación complementaria.
  • La solicitud debe estar fundamentada y motivada.
  • El Juez puede otorgar la prórroga si no se exceden los plazos establecidos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 322 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Prórroga del plazo de la investigación complementaria De manera excepcional, el Ministerio Público podrá solicitar una prórroga del plazo de investigación complementaria para formular acusación, con la finalidad de…

¿Está vigente el artículo 322?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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