Código procesal federal

Artículo 38 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 38. Excusa Cuando un Juez o Magistrado advierta que se actualiza alguna de las causas de impedimento, se declarará separado del asunto sin audiencia de las partes y remitirá los registros al Órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo que establezca la Ley Orgánica, para que resuelva quién debe seguir conociendo del mismo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 38 del Código Nacional de Procedimientos Penales se refiere a la figura de la excusa en el ámbito judicial. Cuando un Juez o Magistrado se percata de que existe alguna causa que le impide continuar con un caso, debe separarse del asunto de manera inmediata.

Este proceso se realiza sin necesidad de escuchar a las partes involucradas en el caso. Posteriormente, el Juez o Magistrado debe enviar los registros del caso al Órgano jurisdiccional competente, que es la entidad encargada de determinar quién se hará cargo del asunto a partir de ese momento.

  • El Juez o Magistrado se separa del caso si hay un impedimento.
  • No se requiere audiencia de las partes para esta separación.
  • Los registros se envían al Órgano jurisdiccional competente.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 38 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Excusa Cuando un Juez o Magistrado advierta que se actualiza alguna de las causas de impedimento, se declarará separado del asunto sin audiencia de las partes y remitirá los registros al Órgano jurisdiccional…

¿Está vigente el artículo 38?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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