Código procesal federal

Artículo 384 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 384. Prohibición de incorporación de antecedentes procesales No se podrá invocar, dar lectura ni admitir o desahogar como medio de prueba al debate ningún antecedente que tenga relación con la proposición, discusión, aceptación, procedencia, rechazo o revocación de una suspensión condicional del proceso, de un acuerdo reparatorio o la tramitación de un procedimiento abreviado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 384 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que no se puede utilizar como prueba en un juicio cualquier antecedente relacionado con ciertos aspectos del proceso penal. Esto incluye antecedentes sobre la suspensión condicional del proceso, acuerdos reparatorios o procedimientos abreviados.

La prohibición se aplica a la invocación, lectura, admisión o desahogo de estos antecedentes durante el debate. Esto significa que, aunque existan antecedentes, no se pueden presentar para influir en la decisión del juez o en el desarrollo del caso.

  • No se pueden invocar antecedentes de suspensión condicional del proceso.
  • No se permiten antecedentes de acuerdos reparatorios.
  • No se admiten antecedentes de procedimientos abreviados.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 384 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Prohibición de incorporación de antecedentes procesales No se podrá invocar, dar lectura ni admitir o desahogar como medio de prueba al debate ningún antecedente que tenga relación con la proposición, discusión,…

¿Está vigente el artículo 384?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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