Código procesal federal

Artículo 4 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 4o. Características y principios rectores El proceso penal será acusatorio y oral, en él se observarán los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación y aquellos previstos en la Constitución, Tratados y demás leyes.

Este Código y la legislación aplicable establecerán las excepciones a los principios antes señalados, de conformidad con lo previsto en la Constitución. En todo momento, las autoridades deberán respetar y proteger tanto la dignidad de la víctima como la dignidad del imputado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El proceso penal en México se caracteriza por ser acusatorio y oral. Esto significa que las audiencias se realizan de manera pública y las partes tienen la oportunidad de presentar sus argumentos y pruebas de forma directa ante un juez.

Además, se deben seguir ciertos principios fundamentales: la publicidad, que garantiza que el proceso sea visible para la sociedad; la contradicción, que permite a las partes refutar las pruebas y argumentos del otro; la concentración, que busca que el proceso se desarrolle en un solo lugar y tiempo; la continuidad, que implica que el juicio no se interrumpa sin justificación; y la inmediación, que asegura que el juez escuche directamente a las partes y testigos.

  • El proceso es acusatorio y oral.
  • Se respetan principios como la publicidad y la contradicción.
  • Las autoridades deben proteger la dignidad de la víctima y del imputado.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Tesis del SJF que mencionan esta ley

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 4 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Características y principios rectores El proceso penal será acusatorio y oral, en él se observarán los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación y aquellos previstos en la…

¿Está vigente el artículo 4?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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