Código procesal federal

Artículo 63 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 63. Notificación en audiencia Las resoluciones del Órgano jurisdiccional serán dictadas en forma oral, con expresión de sus fundamentos y motivaciones, quedando los intervinientes en ellas y quienes estaban obligados a asistir formalmente notificados de su emisión, lo que constará en el registro correspondiente en los términos previstos en este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 63 del Código Nacional de Procedimientos Penales se refiere a cómo se realizan las notificaciones en las audiencias. Las decisiones que toma el órgano jurisdiccional se comunican de manera oral, lo que significa que se expresan en el momento y se explican los motivos que llevaron a esa decisión.

Además, se establece que todas las personas que participan en la audiencia, así como aquellas que debían estar presentes, quedan notificadas de la resolución. Esta notificación se registra de acuerdo con lo que se indica en el mismo Código.

  • Las resoluciones se dictan de forma oral.
  • Se deben expresar los fundamentos y motivaciones de la decisión.
  • Los intervinientes y obligados a asistir quedan notificados.
  • La notificación se registra según lo previsto en el Código.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 63 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Notificación en audiencia Las resoluciones del Órgano jurisdiccional serán dictadas en forma oral, con expresión de sus fundamentos y motivaciones, quedando los intervinientes en ellas y quienes estaban obligados a…

¿Está vigente el artículo 63?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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