Artículo 362 de Código Penal del Estado de Campeche
Código Penal del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 362. Al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de la pena que corresponda por el delito cometido, se le impondrá de uno a tres años de prisión y multa de setenta y dos a doscientos dieciséis días de salario.
SUBTÍTULO QUINTO DELITOS EN CONTRA DE LA ADECUADA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.