Código Penal estatal

Artículo 99 de Código Penal del Estado de Campeche

Código Penal del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 99. Las autoridades encargadas de la ejecución de penas y medidas de seguridad, señalarán las demás condiciones que el beneficiado debe cumplir durante el término de la suspensión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 99 de Código Penal del Estado de Campeche?

Las autoridades encargadas de la ejecución de penas y medidas de seguridad, señalarán las demás condiciones que el beneficiado debe cumplir durante el término de la suspensión.

¿Está vigente el artículo 99?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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