Artículo 34 de Código Penal del Estado de Chihuahua
Código Penal del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 34. Concepto y duración El confinamiento consiste en la obligación de residir en determinado lugar y no salir de éste.
Su duración mínima será de seis meses y nunca podrá ser mayor al término de la pena de prisión impuesta o la que correspondería imponer.
La autoridad judicial designará el lugar, que podrá ser dentro o fuera del territorio del Estado, pero siempre en el territorio nacional, conciliando las exigencias de la tranquilidad pública con la salud y necesidades del sentenciado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.