Artículo 174 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 174 (Amnistía)
La amnistía extingue la acción penal o las penas y medidas de seguridad impuestas, en los términos de la Ley que la conceda.
Capítulo Noveno Prescripción
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.