Código Penal estatal

Artículo 224 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 224 (Violación, violación al cónyuge o pareja, violación equiparada)

Además de los previstos en el artículo siguiente, los delitos de violación, violación al cónyuge o pareja y de violación equiparada, consistirán en los siguientes:

I. (Violación)

(REFORMADO, P.O. 12 DE ABRIL DE 2019)

Se considera violación y se impondrá de ocho a quince años de prisión y multa, a quien por medio de la violencia física, psicológica o moral tenga cópula con una persona de cualquier sexo sin su voluntad.

II. (Violación a cónyuge y a otras personas con vínculos similares)

(NOTA: EL 7 DE SEPTIEMBRE DE 2021, EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LOS CONSIDERANDOS SEXTO Y SÉPTIMO, ASÍ COMO EN EL RESOLUTIVO QUINTO, DE LA SENTENCIA DICTADA AL RESOLVER LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 148/2017, DECLARÓ LA INVALIDEZ DEL PÁRRAFO PRIMERO DE LA FRACCIÓN II DE ESTE ARTÍCULO INDICADO CON MAYÚSCULAS, LA CUAL SURTIÓ EFECTOS EL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021 DE ACUERDO A LAS CONSTANCIAS QUE OBRAN EN LA SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. DICHA SENTENCIA PUEDE SER CONSULTADA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA http://www.scjn.gob.mx/).

SE APLICARÁ PRISIÓN DE TRES A DIEZ AÑOS Y MULTA, A QUIEN POR MEDIO DE LA VIOLENCIA FÍSICA, PSICOLÓGICA O MORAL TENGA CÓPULA CON LA PERSONA CON QUIEN ESTÉ UNIDA EN MATRIMONIO, CONCUBINATO O PACTO CIVIL SIN LA VOLUNTAD DE ÉSTA.

(NOTA: EL 7 DE SEPTIEMBRE DE 2021, EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LOS CONSIDERANDOS SEXTO Y SÉPTIMO, ASÍ COMO EN EL RESOLUTIVO QUINTO, DE LA SENTENCIA DICTADA AL RESOLVER LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 148/2017, DECLARÓ LA INVALIDEZ POR EXTENSIÓN DEL PÁRRAFO SEGUNDO DE LA FRACCIÓN II DE ESTE ARTÍCULO INDICADO CON MAYÚSCULAS, LA CUAL SURTIÓ EFECTOS EL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021 DE ACUERDO A LAS CONSTANCIAS QUE OBRAN EN LA SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. DICHA SENTENCIA PUEDE SER CONSULTADA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA http://www.scjn.gob.mx/).

EN LOS SUPUESTOS DE ESTA FRACCIÓN, EL DELITO SE PERSEGUIRÁ POR QUERELLA.

III. (Violación equiparada)

(REFORMADO, P.O. 12 DE ABRIL DE 2019)

Se equipará a la violación y se impondrá de diez a diecisiete años de prisión y multa, a quien tenga cópula con una persona sin capacidad para comprender la naturaleza de la relación sexual o de decidir de acuerdo a esa comprensión; o de resistir la conducta delictuosa.

Si en el supuesto del párrafo precedente se infieren lesiones a la víctima, las mismas se considerarán calificadas y se aplicarán las reglas de concurso de delitos que procedan.

Si el autor matare a la víctima y esta es mujer, o a través de la violencia sexual o de la violación le causare la muerte; además de las sanciones que le correspondan por el delito de violación, se le aplicarán las sanciones relativas al feminicidio establecido en el artículo 188 de este código, atendiendo a las reglas del concurso. Las lesiones dolosas que resulten de la comisión de este delito se sancionarán, además de las que le son propias, con la penalidad de las lesiones calificadas.

El párrafo anterior también será aplicable a la violación equiparada prevista en la fracción primera del artículo 229 de este código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 224 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Violación, violación al cónyuge o pareja, violación equiparada) Además de los previstos en el artículo siguiente, los delitos de violación, violación al cónyuge o pareja y de violación equiparada, consistirán en los…

¿Está vigente el artículo 224?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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