Código Penal estatal

Artículo 29 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 29 (Conducta que puede ser penalmente relevante, y excluyente de delito por ausencia de voluntad)

Para que una conducta pueda tener relevancia penal, es necesario que se manifieste a través de una acción u omisión en las que medie voluntad.

El delito se excluirá cuando concurra cualquier causa por la que falte voluntad en la aparente acción u omisión.

La falta de voluntad a que se refiere el párrafo anterior se estimará como causa de atipicidad.

Capítulo Tercero Tipicidad Sección Primera Integración típica

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 29 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Conducta que puede ser penalmente relevante, y excluyente de delito por ausencia de voluntad) Para que una conducta pueda tener relevancia penal, es necesario que se manifieste a través de una acción u omisión en las…

¿Está vigente el artículo 29?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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