Artículo 3 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3 (Prohibición de retroactividad perjudicial y principio de la norma más favorable)
Queda prohibida la aplicación retroactiva de la ley penal en perjuicio de persona alguna.
Una nueva ley o reforma penal tendrá efecto retroactivo si favorece a la persona imputada o sentenciada, cualquiera que sea la etapa de la investigación o del procedimiento, incluyendo la de Ejecución Penal. En caso de duda, se aplicará la norma más favorable.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.