Código Penal estatal

Artículo 389 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 389 (Imputaciones falsas a servidor público en procedimiento, proceso o juicio)

Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de quinientos a mil días multa, a quien haga una o más imputaciones que sabe que son falsas contra un servidor público, para iniciar contra él un procedimiento, proceso o juicio, ya sea del Estado o de sus municipios, o bien para motivar que quien conoce de un asunto se declare impedido o para que se resuelva favorablemente la recusación interpuesta contra el servidor público.

Capítulo Quinto Delitos cometidos en procedimiento, proceso o juicio no penal

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 389 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Imputaciones falsas a servidor público en procedimiento, proceso o juicio) Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de quinientos a mil días multa, a quien haga una o más imputaciones que sabe que son falsas…

¿Está vigente el artículo 389?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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