Código Penal estatal

Artículo 446 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 446 (Aprovechamiento ilegal de información reservada, o utilización indebida de información oficial)

Los delitos de aprovechamiento ilegal de información reservada, o de utilización indebida de información privilegiada, serán los siguientes:

I. (Aprovechamiento ilegal de información reservada)

Se impondrá de uno a cinco años de prisión y de mil a dos mil días multa, al servidor público que, debido a su cargo, empleo o comisión, obtenga para sí, para otro o para las personas a que se refiere el párrafo segundo del artículo 452 de este código, algún beneficio económico, aprovechando la información que esté clasificada como reservada conforme a la ley, de alguna entidad oficial, salvo que aquélla ya se haya divulgado.

Se impondrán las mismas penas del párrafo precedente, al particular o particulares que proporcionen el beneficio económico a que se refiere el párrafo anterior, o que en virtud de ello se beneficien de la información reservada.

II. (Utilización indebida de información privilegiada)

Se impondrá de cuatro a diez años de prisión y de tres mil a cinco mil días multa, al servidor público que adquiera para sí o para las personas a que se refiere el párrafo segundo del artículo 452 de este código, bienes inmuebles, muebles, y valores a sabiendas de que puedan incrementar su valor o, en general, que mejoren sus condiciones, así como cualquier ventaja o beneficio, como resultado de la información privilegiada de la cual haya tenido conocimiento.

Las restricciones previstas en los delitos que contempla este artículo serán aplicables inclusive cuando el servidor público se haya retirado del empleo, cargo o comisión, hasta por un plazo de un año.

(Pauta especifica de aplicación)

Para los efectos de este artículo y del artículo 447 de este código, se considerará información reservada, la que haya sido clasificada como tal conforme a la ley; y se considerará como información privilegiada, la que obtenga el servidor público con motivo de sus funciones o debido a su posición, y que no sea del dominio público.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 446 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 446 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Aprovechamiento ilegal de información reservada, o utilización indebida de información oficial) Los delitos de aprovechamiento ilegal de información reservada, o de utilización indebida de información privilegiada,…

¿Está vigente el artículo 446?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.