Código Penal estatal

Artículo 6 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 6 (Conducta dolosa o culposa, prohibición de responsabilidad objetiva e imputación del resultado)

La ley penal prohíbe conductas y no resultados, por lo que, ya sea que se trate de un delito de resultado material o de simple conducta, para que la acción u omisión tengan relevancia típica penal deberán realizarse con dolo o culpa.

Asimismo, para que un resultado material sea penalmente relevante, deberá estar previsto o implicado necesariamente en el tipo penal de que se trate y en todo caso:

I. (Imputación penal a la acción)

Serle imputable a la persona autora como suyo, en tanto pueda estimársele ex-ante como configurado por su acción concretamente adecuada para producirlo, y no por el azar o la casualidad, ni por circunstancias extraordinarias no dominables por la acción.

II. (Imputación penal a la omisión o a la violación de un deber de cuidado)

Serle imputable a la omisión o descuido de una acción concretamente debida y posible de realizar que, según el alcance del deber, hubiese evitado el resultado, o al menos proveer sobre el peligro de su producción a límites de riesgo permitidos.

A lo imposible no procurado ni descuidado, nadie está obligado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 6 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 6 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Conducta dolosa o culposa, prohibición de responsabilidad objetiva e imputación del resultado) La ley penal prohíbe conductas y no resultados, por lo que, ya sea que se trate de un delito de resultado material o de…

¿Está vigente el artículo 6?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.